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Apoyo para gastos funerarios del Bienestar: Guía completa para beneficiarios

En México, el fallecimiento de un ser querido puede generar una carga económica adicional a la ya de por sí difícil situación emocional. Por ello, el Gobierno de México, a través de la Secretaría de Bienestar, ofrece un apoyo para gastos funerarios a los beneficiarios de algunos de sus programas.

En este artículo, vamos a explicarte en qué consiste este apoyo, quiénes tienen derecho a el, cuál es la documentación necesaria y los requisitos, así como los diferentes montos.

¿Qué es el Pago de Marcha?

El pago de marcha es un apoyo económico único que se entrega a los familiares o representantes de un beneficiario fallecido de los programas del Bienestar, como la Pensión para Adultos Mayores o la Pensión para Personas con Discapacidad.

cuál es el monto del pago de marcha del bienestar?

¿En qué casos se puede obtener el apoyo para gastos funerarios del Bienestar?

Esta ayuda económica para cubrir algunos de los gastos funerarios se puede obtener en los siguientes casos:

  • Fallecimiento del titular del programa.
  • Fallecimiento del cónyuge o concubino del titular del programa.
  • Fallecimiento de los hijos o dependientes económicos del titular del programa.

Requisitos para obtener el apoyo del Bienestar para gastos funerarios

Para obtener el apoyo para gastos funerarios del Bienestar o el pago de marcha, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser beneficiario de alguno de los programas del Bienestar.
  • Acta de defunción del familiar fallecido.
  • Comprobante de domicilio.
  • Identificación oficial vigente del titular del programa.
  • Comprobante de gastos funerarios.

Las personas que tienen derecho a este apoyo son:

  • El titular del programa.
  • El cónyuge o concubino del titular.
  • Los hijos o dependientes económicos del titular.

¿Cómo solicitar el pago de Marcha?

El apoyo para gastos funerarios del Bienestar se puede solicitar acudiendo a la oficina de la Secretaría de Bienestar más cercana, presentar la documentación requerida y llenar un formulario de solicitud.

La documentación que se debe presentar para obtener el pago de marcha depende del programa del Bienestar del que era beneficiario el familiar fallecido. Sin embargo, en general, se requiere:

  • Acta de defunción del familiar fallecido.
  • Comprobante de domicilio.
  • Identificación oficial vigente del familiar o representante legal.
  • Comprobante de que el familiar o representante legal era el responsable de los gastos del beneficiario fallecido.

Documentación adicional

Para la Pensión para Adultos Mayores:

  • Credencial del INE del beneficiario fallecido.
  • Comprobante de que el beneficiario no cobraba la pensión por algún otro medio.

Para la Pensión para Personas con Discapacidad:

  • Credencial del INE del beneficiario fallecido.
  • Certificado médico que acredite la discapacidad del beneficiario fallecido.
  • Comprobante de que el beneficiario no cobraba la pensión por algún otro medio.

En algunos casos, se puede solicitar documentación adicional. Por ello, te recomendamos también consultar las páginas oficiales de la convocatoria para aclarar todas tus dudas.

¿Cuál es el monto del apoyo?

Actualmente, el monto del pago de marcha es de $2,400 pesos para los beneficiarios de la Pensión para Adultos Mayores y de $1,475 pesos para la Pensión para Personas con Discapacidad.

Si te encuentras en esta difícil situación, recuerda presentar tu solicitud lo antes posible y tener toda la documentación a la mano para que este trámite lo realices de forma rápida y sencilla.

Finalmente, no olvides que en caso de que el beneficiario de alguno de estos programas fallezca, el apoyo no es hereditario, por lo que debes notificar a la Secretaría del Bienestar para que se dé de baja.

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